Calidad migratoria humanitaria para ciudadanos venezolanos
solicitantes de refugio en el Perú

Es la calidad migratoria otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores a las personas extranjeras que se encuentren en el país en una situación de vulnerabilidad o peligro de vida si salen del territorio peruano o requieren protección en atención a una grave amenaza o acto de violación o afectación de sus derechos fundamentales.

El Ministerio de Relaciones Exteriores otorgará la calidad migratoria humanitaria a los ciudadanos venezolanos que se encuentren en el país como solicitantes de refugio, previo proceso de evaluación y aprobación correspondiente.

Migraciones emitirá gratuitamente el carné de extranjería con la calidad migratoria humanitaria a los ciudadanos venezolanos solicitantes de refugio que hayan aprobado el proceso de evaluación correspondiente, previa comunicación por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Una vez aprobada, el Ministerio de Relaciones Exteriores enviará un correo al beneficiario de la calidad migratoria humanitaria. Luego de dos días hábiles de recibido este correo, podrá ingresar a la Agencia Digital Migratoria para iniciar el trámite de inscripción y emisión del carné de extranjería.

El plazo de otorgamiento y de permanencia es de ciento ochenta y tres (183) días.

Si, la prórroga es por ciento ochenta y tres (183) días adicionales y podrá efectuarse hasta que desaparezcan las condiciones que dieron lugar al reconocimiento de la calidad en mención. La calidad migratoria humanitaria es administrada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, por lo que el procedimiento para la prórroga depende de esta entidad.

Esta calidad migratoria no se aplicará a la persona extranjera respecto de la cual haya razones fundadas para considerar que:
  • Ha cometido un delito contra la paz, un delito de guerra o un delito contra la humanidad, definido en los instrumentos internacionales referentes a dichos delitos;
  • Ha cometido un delito grave de índole no política fuera del país de su residencia, antes de su admisión en dicho país;
  • Es declarado culpable de actos contrarios a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

  1. Permite la formulación de políticas migratorias adecuadas.
  2. Ayuda a combatir la irregularidad migratoria y la trata de personas.
  3. El Procedimiento de inscripción en el Registro Central de Extranjería (IRCE) y emisión del carné de extranjería se realiza a nivel nacional, de manera virtual y gratuita, mediante la Agencia Digital Migratoria.
  4. Permite la exoneración de multas por exceso de permanencia.
  5. Identifica a los beneficiarios como residentes en el país con el carné de extranjería.
  6. La residencia con la calidad migratoria humanitaria tiene vigencia de ciento ochenta y tres (183) días, prorrogables.
  7. Permite la identificación biométrica del beneficiario.
  8. Brinda la oportunidad para realizar actividades lucrativas de manera subordinada, autónoma o por cuenta propia.
  9. Brinda la oportunidad para acceder a servicios de salud, contributivo o subsidiado.
  10. Brinda la oportunidad de acceso al sistema de educación.
  11. El carné de extranjería, como documento de identidad, facilita obtener el RUC y el aporte tributario de los ciudadanos extranjeros.
  12. El carné de extranjería, como documento de identidad, facilita la apertura de cuentas bancarias.
  13. El carné de extranjería, como documento de identidad, facilita el acceso a crédito financiero.